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Seprelad reduce plazos y exige reportes en 24 horas ante operaciones sospechosas

7/4/26
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Seprelad reduce plazos y exige reportes en 24 horas ante operaciones sospechosas

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes oficializó cambios en los controles aplicados al sector de transporte y custodia de valores mediante la Resolución N.º 111/2026, incorporando nuevos plazos para la comunicación de operaciones inusuales.

Las disposiciones alcanzan a personas físicas y jurídicas que manejan volúmenes relevantes de dinero.

Nuevo plazo de 24 horas para reportes

La normativa establece que, una vez que una operación es calificada como sospechosa tras el análisis interno, las empresas deberán informar a la autoridad en un plazo máximo de 24 horas.

Anteriormente, el tiempo disponible para comunicar estos casos podía extenderse hasta 60 días desde la realización del servicio.

Mayor tiempo para análisis interno

El nuevo esquema también contempla un margen ampliado para la evaluación previa de operaciones inusuales.

Las empresas dispondrán de hasta 90 días para analizar los movimientos antes de determinar si corresponde realizar un reporte.

Cambios en reportes periódicos

Se modificaron los plazos para la presentación de reportes de rutina.

Los reportes negativos deberán remitirse entre los días 01 al 10 de los meses de enero, abril, julio y octubre, mientras que el reporte de operaciones deberá presentarse hasta el día 20 de esos mismos meses.

Digitalización obligatoria de los informes

Otro de los ajustes incorporados es la obligatoriedad de canalizar los reportes a través del sistema digital correspondiente.

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