La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) ha extendido el periodo para que los contribuyentes realicen el registro anual de comprobantes hasta el final de agosto de este año, aplicable a los ejercicios fiscales 2022 y 2023. Esta medida, que se detalla en una resolución general reciente, proporciona a los contribuyentes un marco temporal ampliado para cumplir con sus obligaciones sin incurrir en sanciones.
Hasta el 31 de agosto es el nuevo plazo fijado por la DNIT para el registro de comprobantes de los periodos fiscales de enero a junio de 2024. Este ajuste ofrece a los contribuyentes un alivio administrativo, permitiéndoles mayor flexibilidad para gestionar y presentar sus documentaciones financieras requeridas.
Los contribuyentes sujetos al Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) que liquidan bajo el Régimen General y cuyo ejercicio fiscal finalizó el 31 de diciembre de 2023 también se beneficiarán de esta prórroga. No obstante, se especifica que los plazos para aquellos con fechas de cierre en abril y junio de 2024 se mantendrán sin alteraciones, subrayando la importancia de adherirse a los plazos establecidos para estas fechas específicas.