La Superintendencia de Bancos ha comunicado al público los límites máximos que definen cuándo una tasa de interés activa es considerada usuraria.
Esta medida será válida para todas las operaciones que se realicen durante el mes de septiembre de 2024.
Para las operaciones en moneda local, la tasa máxima efectiva se ha fijado en 28,92%. Por otro lado, las operaciones en moneda extranjera tendrán un límite del 10,69%.
Estos valores son cruciales para quienes operan en el mercado financiero, ya que determinan los umbrales legales dentro de los cuales deben situarse las tasas de interés.
Esta publicación se realiza conforme al artículo 1º de la Ley Nº 2.339/03, la cual establece que las personas físicas o jurídicas que participan en el mercado financiero, utilizando recursos propios o del público, deben acatar las disposiciones legales en relación con la tasa usuraria.
En caso de incumplimiento, los afectados tienen el derecho de recurrir a las instancias correspondientes para presentar una denuncia.