
Según la Dirección Nacional de Migraciones, la legislación vigente establece que los extranjeros con residencia en Paraguay pueden perder su estatus migratorio si permanecen fuera del país por periodos prolongados sin justificación.
La institución recordó que estas situaciones pueden derivar en la cancelación de la radicación y en la obligación de abandonar el territorio nacional.
Las disposiciones diferencian entre tipos de residencia.
En el caso de residentes temporales, la ausencia no debe superar un año continuo, mientras que para residentes permanentes el límite se extiende hasta tres años corridos.
Si estos plazos son superados, la autoridad migratoria puede iniciar un proceso administrativo para cancelar la categoría migratoria.
La pérdida de la residencia implica la anulación de los documentos migratorios y la expiración del derecho a permanecer en el país.
En determinados casos, también puede derivar en una orden de salida del territorio nacional dentro de un plazo fijado por la autoridad competente.
El incumplimiento de esta disposición puede habilitar medidas adicionales conforme a la normativa vigente.

Desde la institución se indicó que existen procedimientos para justificar ausencias prolongadas.
Entre ellos se encuentra la posibilidad de gestionar una autorización previa, que actúa como respaldo legal durante el tiempo fuera del país.
Este mecanismo permite mantener la condición migratoria siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Además de las ausencias, la normativa contempla otras situaciones que pueden derivar en la pérdida del estatus migratorio.
Entre ellas se incluyen la presentación de documentación falsa o irregularidades detectadas durante el proceso de obtención de la residencia.