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La DNIT revisa reservas de empresas que habrían frenado el reparto de utilidades para no tributar

25/6/26
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La DNIT revisa reservas de empresas que habrían frenado el reparto de utilidades para no tributar

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios informó que puso en marcha controles específicos a empresas que habrían mantenido ganancias dentro de reservas facultativas para evitar repartir dividendos y postergar el pago de impuestos.

Las verificaciones surgieron tras cruces de datos y revisiones internas realizadas por la institución.

La medida se desarrolla dentro de la aplicación de la Resolución N.º 49, emitida en marzo de 2026, que establece nuevas pautas para seguir el movimiento de las utilidades que permanecen retenidas en las empresas, especialmente aquellas registradas como reservas facultativas.

Qué son las reservas facultativas

Estos fondos se forman con una parte de las ganancias que los socios o accionistas deciden dejar dentro de la empresa, aunque no exista una obligación legal de hacerlo.

Pueden destinarse a proteger el patrimonio, financiar inversiones, ampliar operaciones o cubrir necesidades de capital de trabajo.

Mientras el dinero permanezca contabilizado como reserva y no sea distribuido entre los propietarios, no nace la obligación de pagar el Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades, conocido como IDU.

La DNIT aclaró que los controles no buscan impedir que las compañías utilicen este instrumento. La revisión apunta a determinar si los fondos cumplen una finalidad empresarial o si permanecen guardados durante periodos prolongados para evitar el reparto de ganancias y el pago del tributo correspondiente.

Empresas pueden ser sometidas a fiscalización

Las compañías en las que se comprueben incumplimientos podrán quedar sujetas a procesos de fiscalización tributaria. La administración tributaria analizará el origen de las reservas, el tiempo durante el cual permanecieron acumuladas y el uso dado al dinero.

La institución no difundió los nombres ni la cantidad de empresas alcanzadas por las revisiones. Indicó que las irregularidades fueron localizadas en determinados sectores mediante controles internos y cruces de información.

Multas pueden llegar al 300 por ciento

Cuando exista una omisión en el pago de impuestos, la multa puede alcanzar hasta el 50% del tributo que no fue abonado.

En situaciones calificadas como defraudación tributaria, las sanciones pueden ubicarse entre el 100% y el 300% del monto defraudado. La aplicación de cada penalidad dependerá de los resultados de la fiscalización y de la clasificación otorgada al incumplimiento.

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